Multas de radar: sanciones, puntos y margen de error
La multa depende del límite de la vía y de la velocidad después de restar el margen de error del radar. Va de 100 euros sin puntos a 600 euros y 6 puntos; con pronto pago se paga la mitad.
Calculadora de multa
Tabla de multas por exceso de velocidad
Velocidad ya corregida con el margen de error, en km/h. Fuente: Anexo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico).
| Límite | 100 € | 300 € · 2 pts | 400 € · 4 pts | 500 € · 6 pts | 600 € · 6 pts |
|---|---|---|---|---|---|
| 30 | 31–50 | 51–60 | 61–70 | 71–80 | 81+ |
| 40 | 41–60 | 61–70 | 71–80 | 81–90 | 91+ |
| 50 | 51–70 | 71–80 | 81–90 | 91–100 | 101+ |
| 60 | 61–90 | 91–110 | 111–120 | 121–130 | 131+ |
| 70 | 71–100 | 101–120 | 121–130 | 131–140 | 141+ |
| 80 | 81–110 | 111–130 | 131–140 | 141–150 | 151+ |
| 90 | 91–120 | 121–140 | 141–150 | 151–160 | 161+ |
| 100 | 101–130 | 131–150 | 151–160 | 161–170 | 171+ |
| 110 | 111–140 | 141–160 | 161–170 | 171–180 | 181+ |
| 120 | 121–150 | 151–170 | 171–180 | 181–190 | 191+ |
Margen de error de los radares
Los cinemómetros tienen un margen legal de error que se resta a la velocidad medida antes de aplicar la tabla (Orden ICT/155/2020 de control metrológico):
- Radares fijos y de tramo: 5 km/h hasta 100 km/h y el 5 % por encima de 100 km/h.
- Radares móviles: 7 km/h hasta 100 km/h y el 7 % por encima.
En la práctica, en una autovía a 120 km/h un radar fijo no multa hasta que mide más de 126 km/h; en una carretera a 90 km/h, hasta más de 95 km/h.
Pronto pago, alegaciones y puntos
- Pronto pago: 50 % de descuento si pagas en 20 días naturales. Supone aceptar la sanción; los puntos se retiran igualmente.
- Alegaciones: también 20 días naturales desde la notificación. Las multas de la DGT se recurren en su sede electrónica; las municipales, ante el ayuntamiento.
- Qué revisar: que el kilómetro y el sentido existan (búscalos en el mapa), que el límite coincida con la señal, la fotografía y la verificación periódica del radar.
- Delito: superar el límite en más de 60 km/h en interurbana o en más de 80 km/h en urbana (art. 379 del Código Penal).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por pasar un radar a 130 en una autovía de 120?
Con un radar fijo, 130 km/h medidos quedan en 123,5 km/h tras restar el 5 % de margen: multa de 100 euros (50 con pronto pago) y sin pérdida de puntos.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar con descuento?
20 días naturales desde la notificación. Pagando en ese plazo la multa se reduce un 50 %, pero renuncias a presentar alegaciones y los puntos se descuentan igual.
¿Puedo recurrir una multa de radar?
Sí. Tienes 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones en la sede electrónica de la DGT (o del ayuntamiento, si la multa es municipal). Conviene pedir la fotografía y el certificado de verificación del radar, y comprobar que el kilómetro, el sentido y el límite coinciden con la señalización.
¿Cuándo es delito el exceso de velocidad?
Cuando se supera el límite en más de 60 km/h en vía interurbana o en más de 80 km/h en vía urbana (artículo 379 del Código Penal). Puede suponer prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad y la retirada del carné.
¿Cómo sé dónde está el radar que me ha multado?
La notificación indica la carretera, el punto kilométrico y el sentido. Búscalo en el mapa de radares escribiendo, por ejemplo, «AP-7 km 195» para ver su ubicación y el límite.